Ciencias humanas, Historia y Patrimonio documental, Archivística,Gestión documental y Ciencias y Técnicas Historiográficas y Documentales, Prevención de Riesgos Laborales.
Una ordenanza prohíbe espectáculos circenses, ya sean permanentes o transitorios, en Catamarca. Tiene como objeto los circos que ofrezcan como atractivo exhibición y/o participación de animales.
Se incorpora al Código Municipal de Faltas, en su Título V sobre Espectáculos Públicos, el artículo 14 bis, en la siguiente forma: “El que organizare un espectáculos circense y no cumpliera con las disposiciones relativas a la prohibición de la exhibición de animales en su función, será sancionado con clausura o multa de cien (100) a quinientos (500) UM”.
La ordenanza fue aprobada en la 35 sesión ordinaria en Concejo Deliberante de la Capital.
La norma también abarca a los sitios de entrenamiento con fines comerciales, benéficos o didácticos, ya puedan tener como atractivo principal o secundario la exhibición o participación de animales de cualquier especie.
La norma se dicta a instancias de la edil Silvia Fedeli, al expediente se agregó una propuesta de las mismas características realizada por la concejal Amabilia Ortiz.
Palabras clave: Circos, Crueldad, Animales, Espectáculos, Diversión, Sanciones, Europa, Catamarca, Ordenanzas Municipales.