Ciencias humanas, Historia y Patrimonio documental, Archivística,Gestión documental y Ciencias y Técnicas Historiográficas y Documentales, Prevención de Riesgos Laborales.
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Según la actitud que el visitador observe en el vicario se ceñirá a las directrices que el prelado hispalense marcará para los distintos casos que puedan presentarse. Así:
1.- El vicario puede recurrir contra la inspección
2.- Si el vicario no recurre, puede insistir en que no se realice la inspección.
3.- El visitador, llegado el día señalado, puede encontrase la iglesia cerrada, vacía o con pocos eclesiásticos.
4.- El visitador cuando administre penas o censuras, procurará prudencia, paz y discrección.
5.- Cuando no existe impedimento en la Visita, y para que esta se celebre tranquilamente y sin que exista coacción a los testigos en sus declaraciones secretas, puede suspenderse interinamente al vicario.
Una vez efectuados todos los trámites previos comienza ya la Visita Pastoral, siguiendo los mismos pasos que vimos en el modelo de 1776.
El Breve expedido en Roma el 7-II-1707, faculta para visitar colegiatas, parroquias, monasterios, conventos; universidades, colegios, cofradías... Faculta tambien para disponer todos los actos preparatorios de la Visita que comenzará con la publicación de un edicto monitorio. Para dar orden de que se dispongan y preparen los libros que tengan que examinarse. Para poner en ejecución los decretos expedidos por la Sagrada Congregación del Concilio. Para citar e interrogar a eclesiásticos, seculares, regulares o legos.
Da poder para censurar y penar, para inquirir sobre las reglas, estatutos, gobierno, costumbres, corrigiendo y reformando todo lo conveniente y dando los mandatos oportunos.
El Breve da permiso para absolver de todos los casos reservados cometidos hasta el día de la fecha; y de la herejía, si no ha habido cómplices, y si se ha cometido en secreto sin que nadie tuviera conocimiento de ella.
Para ejercer pontificales en aquella vicaría y cura de almas durante la Visita. Para pedir las procuraciones a las iglesias y comunidades visitadas. Y para poner en ejecución todo lo que se mande pudiendose recirrir a las censuras, prisión y todo en lo que ampare el derecho.
El visitador deberá llevar consigo y deberá regirse, además de por el Breve Pontificio y las Constituciones Sinodales -expresiones locales de los decretos de Trento-, por las "Instrucciones" de la Sagrada Congregación y por las que le da su prelado, mediante las cuales marca la pauta de su actuación, siempre de acuerdo con las directrices de Roma.
De todo queda constancia en las Resultas de Visitas, que se pueden presentar bien en forma de libro encuadernado en pergamino, bien en autos y expedientes cosidos o enlegajados. Aunque consideraremos que nuestra fuente adolece de cierta parcialidad al estar condicionada por el carácter y la subjetividad del visitador, a pesar de que la objetividad estará recomendada siempre en las Instrucciones. Añadiremos cierta "indiscreción" que reseña nombres, apellidos, apodos, incluso características físicas que identifican a los sujetos en cuestión.
Generalmente, no suele encontrarse junta toda la documentación generada con motivo de la Visita, y además ciertos casos llegan al obispo por la via reservada del pliego secreto.
Para abreviar no referiremos nada esta tarde del estudio realizado sobre la documentación misma: tipos documentales, tipos de letra, estado de conservación, etc., que en su momento también aparecerá en las Actas.
De todas las actuaciones del visitador se extrae un conocimiento exhaustivo de la Vicaría de Estepa y de los fieles que la habitan. Todo este quehacer quedará materializado en las Resultas y en los Mandatos, instrumentos de control y dirección que tienen la finalidad de mejorar la vida parroquial y la atención pastoral a los fieles. A través de ellos veremos evolucionar la Parroquia, cómo se cumple lo dictaminado en anteriores Visitas, y sobre qué aspectos se incide, más ó menos, según las distintas poblaciones...
María del Carmen Calderón Berrocal. Ponencia Marco II Jornadas Historia de Estepa, Excmo. Ayuntamiento de Estepa, Marzo 1996. Presentación del trabajo “La Visita Pastoral en el territorio vere nullius de la Vicaría de Estepa”. Actas II Jornadas de Historia de Estepa, y realización del Inventario de la Vicaría General de Estepa.